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Esta semana se han reanudado las clases presenciales en los colegios de España, y con ello, empiezan a surgir las dudas entre los padres sobre qué pasará ante los rebrotes en los colegios y la imposibilidad de los padres de acudir al trabajo por tener que cuidar de los hijos en casa.

Cuando empezó la crisis del Coronavirus, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social introdujo el “Plan MECUIDA” a través del RDL 8/2020, de 17 de marzo, que en su artículo 6 dice que “Las personas trabajadoras por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, tendrán derecho a acceder a la adaptación de su jornada y/o a la reducción de la misma en los términos previstos en el presente artículo, cuando concurran circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria del COVID-19”. Además, detalla que “se considerará que concurren circunstancias excepcionales cuando existan decisiones adoptadas por las Autoridades gubernativas relacionadas con el COVID-19 que impliquen cierre de centros educativos o de cualquier otra naturaleza que dispensaran cuidado o atención a la persona necesitada de los mismos”.

Este derecho de los trabajadores por cuenta ajena de acogerse a una adaptación o reducción de jornada de hasta el 100% se introdujo, en principio, por el plazo de hasta un mes tras la finalización del Estado de Alarma. Posteriormente, el plazo fue prorrogado por dos meses más a través del RDL 15/2020 de 21 de abril, lo que significa que el Plan MECUIDA está vigente hasta el 21 de septiembre de 2020.

¿Y qué pasará después? ¿Cómo tienen los trabajadores que afrontar la imposibilidad de acudir al trabajo cuando el colegio mande a sus hijos a casa por un rebrote de Coronavirus? ¿Podrán cogerse una baja laboral?

Desde el Ministerio de Trabajo ya se ha dicho que los padres únicamente podrán cogerse una baja laboral en caso de que su hijo sea positivo en Coronavirus, al tener que cumplir con la obligada cuarentena, pero no cuando los niños tengan que quedarse en casa por la infección de otro niño de la clase. Por ello, Yolanda Díaz, Ministra de Trabajo, ha adelantado su intención de prorrogar el Plan MECUIDA más allá del 21 de septiembre de 2020. Lo que no se sabe bien es hasta cuándo. En definitiva, los padres que trabajen por cuenta ajena tendrán que acogerse a alguna de las alternativas propuestas por el Plan MECUIDA para desempeñar su cargo, como la reducción de jornada (y sueldo) o el teletrabajo, con los inconvenientes que ello puede suponer para algunas profesiones.

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