Tras una severa crisis económica presidida por el sector inmobiliario, los indicadores económicos parecen dejar entrever que, con el paulatino restablecimiento de la situación económica, está repuntando moderadamente el mercado de la vivienda.
La promoción inmobiliaria, va en aumento en las principales ciudades, así como en las zonas turísticas y, por otro lado, se está produciendo un marcado cambio de tendencia que se centra en el mercado del alquiler, tanto de carácter turístico como el destinado a vivienda habitual, al que se han enfocado un marcado número de inversores.
En determinadas zonas, el aumento imprevisto de la demanda de alquiler de inmuebles ha provocado un aumento generalizado de los precios, lo que está aumentando a su vez la dificultad para encontrar alojamiento en las zonas de mayor interés, y que perjudica, en mayor medida a los ciudadanos “habituales”.
Ello conlleva necesariamente el surgimiento de tensiones sociales que están tratando de ser abordadas por las administraciones públicas, pero hasta el momento, no se divisa una solución cercana y equilibrada, para los intereses de los inquilinos y los inversores.
El aumento imprevisto de la demanda de alquiler de inmuebles ha provocado un aumento generalizado de los precios, lo que dificulta la posibilidad de encontrar alojamiento en las zonas de mayor interés
En particular, en la Comunidad Valenciana, debemos poner el punto de mira en la Ley 15/2018, de 7 de junio de la Generalitat, de turismo ocio y hospitalidad de la Comunidad Valenciana, cuya entrada en vigor esta prevista para el próximo 8 de julio.
Esta norma tiene por objeto, como hemos apuntado, tratar de prevenir los problemas sociales, y como apunta la misma, procurar el bienestar y la convivencia pacífica entre los residentes, fomentar la sostenibilidad social y ambiental, así como el desarrollo local de las zonas turísticas.
Esta Ley otorga a los municipios la facultad de pormenorizar las obligaciones que deban cumplir los agentes implicados en el mercado del alquiler, que se ajustarán según las circunstancias de cada zona, mediante la elaboración de Planes de Ordenación Turísticos (PORT) y Planes de Intervención en Ámbitos Turísticos (PIAT).
Mediante dichos planes se regulará el registro de los inmuebles destinados al alquiler, los requisitos para su explotación, las garantías de los usuarios y obligaciones de las entidades que intervengan en la gestión de viviendas turísticas.