No es complicado encontrar en los últimos años diversos ejemplos de empresas, por lo general multinacionales, que deciden cerrar los diferentes centros que tienen ubicados en España, y mudarse a terceros países donde los costes de instauración, producción o régimen fiscal son más bajos.
Esta realidad tiende dejar en una posición muy vulnerable a los trabajadores de los centros que deciden mudarse a otro Estado, así como a sus acreedores, quienes tienen muy poco margen de actuación y/o decisión en este tipo de situaciones.
A tal efecto, y con el objeto de dotar de una mayor protección a los empleados y acreedores que sufren el traslado de empresas, desde la Unión Europea se ha promovido la adopción de la Directiva (UE) 2019/2121 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de noviembre de 2019 por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que atañe a las transformaciones, fusiones y escisiones trasfronterizas, publicada el pasado 12 de diciembre en el Diario Oficial de la Unión Europea.
La Directiva, cuya trasposición deberá realizarse antes del 31 de enero de 2023, contiene medidas de gran calado tendentes a conseguir una mayor información y participación de los socios minoritarios y trabajadores, así como a la protección de los acreedores de las sociedades que tengan previsto trasladarse, existiendo la posibilidad que los diferentes Estados de la Unión puedan impedir a las compañías su traslado internacional si estas se encuentran incursas en procedimientos de insolvencia y manteniendo el foro general en el estado de origen, de modo que los empleados y acreedores podrán reclamar en la jurisdicción donde se encontraba el centro y no en el lugar del traslado.
Así las cosas, y pese al amplio plazo otorgado para su transposición, se prevén no pocas dificultades para que los diferentes estados adapten su normativa, siendo que la Directiva ha sido considerada por muchos como sobreprotectora de los socios minoritarios, empleados y trabajadores. De esta manera, y a la espera de ver como los diferentes estados incorporan la directiva a su normativa, resulta evidente que aquellas empresas que pretendan trasladarse en un futuro tendrán que contar con el oportuno asesoramiento legal específico, que les permita cumplir con todo el elenco de nuevas obligaciones previsto en la directiva.