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La Dirección General de los Registros y del Notariado ha aprobado, en Resolución de 1 de agosto de 2018, un modelo de cláusula general voluntaria relativa al tratamiento de datos de carácter personal para incorporar a los modelos de contratos inscribibles -en términos generales, contratos de venta a plazos, de financiación y arrendamiento financiero-, cuya redacción sea acorde con la nueva regulación comunitaria en la materia.

Esta propuesta se realiza con el objetivo de minimizar el impacto que la entrada en vigor de la nueva normativa en el mes de mayo pasado supondría tanto para las empresas como para la institución, en la medida en que la modificación de los modelos inscritos debe seguir un proceso de revisión que debe finalizar con la aprobación de la Dirección General de los Registros y del Notariado. De este modo, se evita la tramitación del proceso reglado de modificación.

A efectos de incorporación de este modelo de cláusula voluntaria en los modelos de contratos ya inscritos en el Registro de Bienes Muebles, deben tenerse en consideración las siguientes pautas:

  • El nuevo texto debe ser incluido en el contrato de forma destacada mediante la utilización de negrita o un tipo distinto de letra;
  • Debe incorporarse en las Condiciones Particulares del Contrato, no pudiendo hacerlo en el clausulado general. Es posible también la utilización de un formulario separado;
  • Finalmente, en la introducción de esta nueva cláusula deberá hacerse referencia expresa a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 1 de agosto de 2018.

Dado el carácter voluntario de la cláusula propuesta, la Resolución de 1 de agosto de 2018 reconoce expresamente la posibilidad de las empresas de someter a la aprobación de la Dirección General de los Registros y del Notariado un texto alternativo que se ajuste mejor a las específicas necesidades que presenten esos contratos.