Helena Arias Martínez. SUE ABOGADOS Y ECONOMISTAS.
A pocos meses de la entrada en vigor de la Directiva sobre Mercados de Instrumentos Financieros (mejor conocida como MIFID II), preparada para producirse el 3 de enero del 2018, ya comienza a palparse en el sector bancario la inquietud ante el nuevo desafío que ello representa. ¿Pero realmente qué le supone la entrada en vigor de MIFID II al inversor ordinario?
La novedad más llamativa supone la clasificación del asesoramiento financiero en ‘dependiente’ o ‘independiente’. El independiente, al igual que el asesoramiento en gestión de carteras (GDC), se caracteriza por ofertar una amplia gama de productos financieros para el cliente y por prohibir la aceptación por la entidad bancaria de retrocesiones o incentivos económicos abonados por los proveedores de dichos productos. En el asesoramiento dependiente se analizará una gama de instrumentos financieros más restringida para el cliente y sí permitirá el cobro de incentivos, siempre que supongan una mejora de la calidad del servicio prestado por la entidad y no produzcan un conflicto de intereses entre los propios de la entidad bancaria y los del cliente. Estos requisitos para el cobro de retrocesiones también son aplicables para la recepción y transmisión de órdenes en el mercado.
Además, al cliente, se le proporcionará la información precontractual con “suficiente antelación” (parámetro indeterminado y que ya ocasiona dolores de cabeza en el sector), entendiendo como tal el tiempo necesario para que el cliente comprenda el instrumento financiero a adquirir. La información, facilitada por escrito para los minoristas, versará sobre el producto y la entidad que lo oferta, el carácter del asesoramiento prestado, los centros de ejecución de órdenes más frecuentes de dicho producto financiero, y los gastos y costes asociados al mismo. En el servicio de información postventa destacamos que al cliente minorista deberá enviársele un aviso confirmando la ejecución de sus órdenes tan pronto como sea posible. Además, en el ámbito de la GDC la entidad proporcionará periódicamente al cliente información sobre el estado de la gestión de su cartera en soporte duradero y, en todo caso, será informado de pérdidas superiores al 10% del valor de su cartera.
Respecto al gobierno de producto, previamente se indicará al cliente si dicho producto financiero se adecua a su perfil, de modo que el cliente minorista difícilmente será asesorado para adquirir un producto pensado para inversores profesionales. Una vez el producto se comercialice se realizará un seguimiento del mismo, que evaluará si su comportamiento en el mercado se corresponde a la finalidad perseguida por el producto.
También es llamativa la introducción por MIFID II de la obligación de registrar o grabar prácticamente todas las conversaciones con los clientes, algo evidentemente positivo a efectos de prueba; la exigencia de unos mínimos de formación y experiencia para los asesores y comerciales y la limitación de los mercados de derivados OTC.
En definitiva, MIFID II ofrece más transparencia en el mercado de productos financieros, más protección al inversor, mejor gobierno corporativo para las entidades bancarias y mayor intervención de los supervisores.
En sentido contrario se pronuncian, sin embargo, las Empresas de Asesoramiento Financiero Independiente (“EAFIs”), que integran un importante sector de las Empresas de Servicios de Inversión (“ESIs”) afectadas por esta nueva normativa. Según manifiestan las EAFIs valencianas, la nueva normativa les perjudica gravemente frente al resto de ESIs, pues además de suponerles mayor regulación, burocracia, costes y riesgo, esta normativa impide que actúen mediante una red de agentes. También declaran que MIFID II no supone en realidad una mayor protección para el inversor.
Con este nuevo paquete legislativo el debate está servido. Lo que sí está claro es que el sector del asesoramiento financiero sufrirá grandes cambios; cambios, que nos harán preguntarnos: ¿siempre gana la banca?
Este artículo ha sido publicado en el diario Expansión, puedes leerlo aquí.